Eficiencia eléctrica (Norma IEC 60034-30)
Aproximadamente dos tercios del consumo de energía eléctrica a nivel mundial pasa por un motor alimentado de red o mediante un convertidor frecuencia. Esto quiere decir, que una gran parte de la energía juega un papel muy importante en el sector de los accionamientos.
La normativa IEC 60034-30 ha sido aprobada en la Unión Europea con el objetivo de reducir el consumo energético mediante la eficiencia eléctrica y, como consecuencia, las emisiones de CO2 y otros impactos medioambientales negativos, principalmente por este motivo son cada vez más los países que se van sumando a esta norma.
El criterio definitivo para reducir el gasto energético, es usar única y exclusivamente la energía requerida para una aplicación específica, eficiencia eléctrica.
Nuestros motores ALREN le permiten aprovechar todas las posibilidades de ahorro para asegurar la competitividad a largo plazo y proteger el medio ambiente.
La norma define tres clases de eficiencia eléctrica IE (International Efficiency):
- IE1 = Eficiencia eléctrica estándar (EFF2 en el anterior sistema de clasificación)
- IE2 = Alta eficiencia eléctrica (EFF1 en el anterior sistema de clasificación)
- IE3 = Eficiencia eléctrica Premium (idéntica a “NEMA Premiúm” en los EE.UU. para 60 Hz)
- IE4 = Eficiencia eléctrica Super Premium ( Un futuro nivel superior al IE3)
Calendario de aplicación
16 Junio 2011 | Los motores deben cumplir el nivel de rendimiento IE2. |
1 Enero 2015 | Los motores con potencias comprendidas entre 7,5 Kw a 375 Kw deben cumplir el nivel de eficiencia eléctrica IE3 o el nivel de eficiencia IE2 si trabaja con convertidor de frecuencia. |
1 Enero 2017 | Los motores con potencias comprendidas entre 0,75 Kw a 375 Kw deben cumplir el nivel de eficiencia IE3 o el nivel de eficiencia eléctrica IE2 si trabaja con convertidor de frecuencia. |
Motores contemplados en la normativa
- Motores trifásicos de inducción, de una velocidad a 50 y 60 Hz
- 2 – 4 ó 6 polos
- Potencia nominal comprendida entre 0.75 Kw y 375 Kw
- Tensión nominal de hasta 1000 V
- Tipo de carga S1 (servicio continuo) o S3 (servicio periódico intermitente) con un factor de duración cíclico del 80% o superior
- Capaz de trabajar con arranque directo
Motores excluidos en la normativa
- Motores de menos de 0.75 Kw y más de 375 Kw.
- Motores de 8 polos.
- Motores monofásicos.
- Motores de 2 o 3 velocidades.
- Motores sumergidos completamente en un líquido.
- Motores totalmente integrados en una máquina, cuyo rendimiento no se pueda comprobar de forma independiente.
- Motores concretamente diseñados para trabajar:
- A una temperatura ambiente de superior a los 40ºC.
- A una temperatura de funcionamiento superior a 400ºC.
- A una temperatura ambiente menor de -15ºC (menor de -5ºC en caso de motores con refrigeración por agua).
- A una altitud superior a 1000 m sobre el nivel del mar.
- Motores ATEX para zonas con peligro de explosión.
- Motores freno.
En un futuro es previsible que se originen algunos cambios en esta línea, aumentando el rango de potencias de 0.75…375 Kw a 0.12 Kw…1000 Kw, introducción de motores de 8 polos, motores freno y/o motores para zonas con peligro, así como definición de nuevas clases de eficiencias IE4 – IE5.
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